Modificaciones tributarias Covid 19

Marzo 2020

En estos tiempos en los que la situación personal, familiar, económica y empresarial se han visto altamente condicionadas por la aparición de un enemigo invisible e impredecible, las administraciones estatales, autonómicas y locales están aprobando día tras día medidas de distintos ámbitos para intentar paliar en la medida de lo posible los efectos a los ciudadanos. 

Un ejemplo, entre otros muchos, es el Ayuntamiento de Barcelona, que anunció ayer 26 de marzo la ampliación del período de pago de todos los impuestos. Las tasas se podrán pagar hasta julio y los ciudadanos, además, se podrán acoger a planes individualizados para poder fraccionarlos.

En concreto se modifica el calendario fiscal para aligerar la carga del gasto de familias, autónomos y empresas según se indica a continuación:

Impuesto sobre bienes inmuebles (IBI)

El plazo de pago del IBI para las personas que no lo tengan domiciliado pasa de finalizar el 4 de mayo a finalizar el 3 de julio. En cuanto a las personas que lo domicilien por primera vez o que tengan domiciliado el pago fraccionado por trimestres, el segundo trimestre se cobrará el 3 de julio en lugar del 3 de junio.

Impuesto sobre los vehículos de tracción mecánica (IVTM)

El plazo de pago de todos los recibos, domiciliados o no, termina el 3 de julio.

Tasa de utilización privativa de la vía pública (terrazas)

Todos los recibos, tanto los domiciliados como los no domiciliados, se podrán pagar hasta el mes de octubre. Se gestionarán los descuentos que correspondan al periodo en que el establecimiento no haya podido ejercer su actividad como consecuencia de la aplicación del decreto de alarma.

Precio público para la recogida de residuos comerciales e industriales

Se mantiene como fecha límite de pago para los recibos no domiciliados el 1 de diciembre, y para los domiciliados, el 23 de diciembre, y se tendrá en cuenta la reducción que corresponda según el periodo de duración del estado de alarma.

Plusvalía municipal

Los plazos para obtener la autoliquidación calculada no han cambiado. Los plazos de las autoliquidaciones con periodo voluntario de pago se prorrogan hasta el 3 de julio, así como el plazo para pagar la plusvalía.

Aplazamiento y fraccionamiento de los tributos

En el caso del IBI y el impuesto de vehículos, se podrá fraccionar el pago sin intereses siempre que los contribuyentes lo soliciten y el fraccionamiento finalice dentro del año 2020.

En el caso del impuesto de actividades económicas (IAE), del precio público de recogida de residuos y de la tasa de utilización privativa de la vía pública (tasa de terrazas), el pago se podrá dividir en fracciones mensuales sin intereses con un plazo final de pago que no sea posterior a septiembre del 2021.

Otras medidas de carácter fiscal

Las liquidaciones, autoliquidaciones y deudas en vía ejecutiva con una fecha final de pago posterior al 18 de marzo se podrán pagar hasta el 3 de julio. Este apartado incluye, por ejemplo, los cánones derivados de concesiones, las multas o las deudas con el Consistorio.

Deberemos prestar especial atención a los distintos canales informativos de cada administración para seguir en detalle las modificaciones y adaptaciones que se vayan aprobando estos días.

Oriol Olivares

TF Assessors

Compartir

Más entradas

a stack of money sitting on top of a white table

Préstamos de socios

Julio 2023 Suele ser habitual en las empresas que por razones de liquidez o necesidades puntuales de tesorería los socios aporten cantidades a su sociedad

Contacta con nosotros

Abrir chat
¿Necesitas ayuda?
Hola 👋
¿En qué podemos ayudarte?